Fuente: fotocasas
Las cifras de viviendas vacías que registra España ha llevado al Ministerio de Hacienda a plantear, como solución, la aplicación de un recargo de hasta el 50 por ciento sobre el IBI de estos inmuebles. De momento, la propuesta está en estudio, aunque ya se buscan referencias de normas parecidas en la legislación de otros países. Eso sí, antes habría que concretar qué se entiende por una casa vacía o "desocupada". Para ello, hay que acudir a la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobada en 2002 y que establece que son inmuebles "de uso residencial que se encuentran desocupados con carácter permanente". Además, relega en los ayuntamientos la potestad para exigir el recargo en el IBI de estas viviendas.
Alternativas
Con independencia del desarrollo de esta ley, son ya 184 los municipios que han acordado aplicar un recargo en el IBI. La mayoría (84 de ellos) pertenece a Cataluña, mientras que otros 37 son de Andalucía, 13 más pertenecen a Extremadura y el resto se reparte por todo el país. Sin embargo, ésta no es la única medida a la que se pueden atener los ayuntamientos y desde las Comunidades Autónomas se han ofrecido ya vías alternativas. En el País Vasco, por ejemplo, se estudia la posibilidad de incorporar al anteproyecto de Ley de Vivienda regional el recargo de nueve euros al día que deberán abonar los propietarios de las casas desocupados. Un recargo que aumentaría a 12 euros a partir del segundo año. Las propuestas van más allá y en Cataluña se ha aprobado incluso un proyecto de ley por el que se expropiarían de forma temporal las casas desocupadas.
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