miércoles, 31 de enero de 2007

Para exprimir al máximo su préstamo

Fuente: fotocasas

El sobreendeudamiento se ha convertido en la sombra de casi todos los compradores de vivienda que contratan una hipoteca. Una forma de esquivarlo o por lo menos, restarle peso, es la que viene de la mano de las hipotecas recargables. Una nueva fórmula que permite recuperar la cantidad prestada que se haya pagado para destinarlo a otros gastos, todo ello sin necesidad de contratar un crédito personal. De momento, este producto aún no funciona en España, aunque su aplicación será una realidad con la reforma hipotecaria.

La solución a la que en estos momentos pueden recurrir los hipotecados que necesiten afrontar nuevos gastos es la contratación de un crédito personal. El inconveniente, además de los trámites, es que la apertura de este préstamo conlleva nuevos gastos:
Comisiones (aunque, de momento, no está determinado si habrá algunas sujetas a las recargas).
Costes notariales y registrales. En el caso de la hipoteca recargable, estos se eliminan, puesto que no es necesario constituir otro préstamo.
Gastos fiscales y de tasación.

Con límites
Al recurrir a la hipoteca recargable, el interesado pagará intereses más bajos que al contratar un préstamo personal. Sin embargo, existen ciertas limitaciones. La principal, es que se podrá, como máximo, el capital que se haya amortizado. Además, es posible que las entidades financieras se muestren más estrictas en estos casos, puesto que no tienen asegurada la nueva amortización.

Precavidos

Para evitar problemas a la hora de recurrir a esta modalidad, conviene que cuando se firme el préstamo hipotecario inicial se pacte que sea recargable. Es aconsejable, además, acordar que el tipo de interés que se aplique en el primer préstamo sea el mismo para la recargable, pues de lo contrario la entidad financiera los podría modificar al alza

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